El Municipio aplicaría una tasa del 2% sobre el precio de los combustibles en Florencio Varela

Elradardelsur.ar 5/04/2024

El Concejo Deliberante, en la Tercera Sesión Ordinaria celebrada ayer, aprobó el tratamiento de la incorporación de una tasa del 2% sobre el valor de los combustibles que se cobrará en todas las Estaciones de Servicio de Varela.

El Concejo Deliberante tendrá una sesión extraordinaria, donde se discutirá la propuesta del Ejecutivo a cargo de Andrés Watson, para incorporar esta tasa al precio de los combustibles en las estaciones de servicio del municipio.

Con esta medida, impulsada por el oficialismo, se busca incrementar la recaudación fiscal, y equiparar la política impositiva con otros municipios de la zona sur, para evitar que los consumidores se trasladen a distritos vecinos a llenar el tanque. Se está implementando en toda la tercera sección electoral y ya fue aprobada en Berazategui y Quilmes.

La propuesta está justificada en la necesidad de seguir el ejemplo de otros distritos vecinos para obtener recursos adicionales, dada la merma en los ingresos que se produjo a partir de la reducción de las partidas que el gobierno nacional envía a la provincia, que en consecuencia redujo los aportes a los municipios.

Lamentablemente, esta medida tendrá un impacto significativo en los bolsillos de los ciudadanos de Florencio Varela, quienes ya enfrentan una difícil situación, dado que incidirá, a su vez, en todos los costos de la economía.

El transporte, la industria y el comercio podrían sufrir el aumento de los costos operativos, lo que a su vez podría traducirse en un mayor aumento de precios y profundización del deterioro del poder adquisitivo de los varelenses.

Esta propuesta será tratada y presumiblemente aprobada, en la sesión extraordinaria del Concejo Deliberante, a celebrarse el 12 de abril de próximo, donde seguramente el oficialismo impondrá su mayoría.

Cabe mencionar que en Olavarría, Monte y otros distritos, estas “tasas municipales” han sido cuestionadas y fueron eliminadas por los mismos municipios o por intervención de la justicia, por su ilegalidad e irrazonabilidad, ya que contradicen la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos N°. 23.548, el Decreto Ley 505/58, así como los principios tributarios de igualdad, capacidad contributiva y proporcionalidad.

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